Mayo 10 de 2018
Ni crean que voy a contar intimidades, aunque pensándolo bien, sí es una intimidad que no haya leído los programas de gobierno de los candidatos a Presidente y aún esté indecisa sobre por quién votar.
La Constitución señala que quienes elijan gobernantes imponen por mandato al elegido el programa que presentó al inscribirse como candidato. La ley reglamenta el ejercicio del voto programático. 24 años después de la entrada en vigencia de la norma que establece esta obligación, estoy casi segura que muy pocas personas saben en qué consiste el voto programático.
Pues bien, el voto programático es el principio según el cual más que votar por el TLC (Tamal, Lechona y Cerveza), los jingles y el resto de publicidad en medios masivos, la capacidad de alzar niños y besuquear abuelitas, sonreír 24 horas, mostrar dotes bailadoras y otras ridiculeces, se votaría por el programa de gobierno que cada candidato haya propuesto.
En el caso de gobernadores y alcaldes, sus propuestas tienen carácter obligatorio con el elector. Pero en cuanto al candidato a presidente, ¿Frente a quién se compromete a cumplir formalmente sus propuestas? ¿Quién los cuestionaría o quién los sancionaría si no cumplen? Por eso, aún no sé por quién votar y no sé cómo convencerlos de la importancia que tiene leer los programas de gobiernos porque ¡oh sorpresa!, no son de obligatorio cumplimiento.
Publicado en ADN Bucaramanga